Testamento · SPD Advocacia

Decida hoy quién se queda con sus bienes: testamento sin peleas en la familia

Testamento público en notaría (cartório), cláusulas de protección y planificación de la herencia. Vea lo que la ley permite y cuente su caso con confidencialidad.

Acuerdo o acción judicialSecreto profesionalRespuesta por WhatsApp

Respuesta directa

¿Cuánto de mi patrimonio puedo dejar en testamento?

Quien tiene herederos forzosos, que son hijos, nietos, padres y el cónyuge, puede disponer libremente de la mitad del patrimonio. La otra mitad, llamada legítima, queda reservada a esos herederos. Quien no tiene herederos forzosos puede dejar todo a quien quiera. El testamento público se otorga en una notaría (cartório), ante el notario y dos testigos, y es la forma más segura.

Lo que dice la ley

Puntos principales

Parte libre

La mitad del patrimonio, cuando hay herederos forzosos.

Legítima

La otra mitad queda reservada a hijos, nietos, padres y cónyuge.

Testamento público

Hecho en notaría (cartório), con el notario y dos testigos.

Cláusulas

Es posible proteger bienes con cláusulas, siempre que haya justa causa respecto de la legítima.

Fuente: arts. 1.789, 1.845, 1.846, 1.848 y 1.864 del Código Civil.

¿Cuál es su caso?

Situaciones en las que actúa el despacho

Proteger a un hijo

Hijo con discapacidad o más vulnerable

La parte libre puede reforzar la protección de quien más lo necesita.

Código Civil, art. 1.789
Pareja

Unión estable y segundo matrimonio

Organización de la herencia entre los hijos y la nueva pareja.

Análisis del caso
Sin hijos

Dejar a quien usted quiera

Quien no tiene herederos forzosos puede disponer de todo.

Código Civil, art. 1.850
Empresa e inmuebles

Planificación sucesoria

Testamento combinado con donación o holding, según el caso.

Planificación
Cláusulas

Inalienabilidad e incomunicabilidad

Protección para que el bien no sea vendido ni dividido con el cónyuge del heredero.

Código Civil, art. 1.848
Cambiar el testamento

Revocación y nuevo testamento

El testamento puede modificarse en cualquier momento.

Código Civil, art. 1.858
Esta página ofrece información general, no sustituye el análisis del caso y no hay garantía de resultado.

Paso a paso

Cómo actúa el despacho

  1. Análisis. Escuchamos el caso con confidencialidad y explicamos los caminos, los plazos y los costos.
  2. Documentos. Organizamos las pruebas y los documentos de cada parte.
  3. Acuerdo o acción. Siempre que es posible, buscamos un acuerdo. Si no lo hay, presentamos la acción.
  4. Seguimiento. Audiencias, decisiones y cumplimiento, con respuesta por WhatsApp.
+5 mil procesos conducidosDiez años de abogacíaActuación ante el STJ y el STFCitado en G1, UOL, Estadão y TV Globo

Análisis del caso

Vamos a analizar su caso

Responda las preguntas, una por vez. Al final puede adjuntar documentos, que van directamente a una carpeta en el Drive del despacho, y enviar el resumen por WhatsApp. Todo queda protegido por el secreto profesional.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿El testamento puede cambiarse?

Sí. Puede revocarse o sustituirse en cualquier momento.

¿Necesita abogado?

No es obligatorio, pero la orientación evita cláusulas inválidas y peleas después.

¿El testamento evita el inventario?

No. Aún es necesario hacer el inventario (inventário), que en varios casos puede hacerse en la notaría (cartório).

¿Cuánto cuesta en la notaría?

Los aranceles siguen la tabla de la notaría (cartório) de cada estado.

¿Atienden fuera de Anápolis?

Sí. La atención se hace en el despacho, en Anápolis, o en línea para todo Goiás y otros estados.

¿Cuánto cuesta?

Después del análisis, el despacho envía una propuesta de honorarios por escrito, antes de cualquier contratación.