Embargo de inmueble y bien de familia · SPD Advocacia
¿Embargaron la casa de la familia? Vea si está protegida como bien de familia
Inmueble residencial único, embargo, subasta programada y excepciones de la ley, como la fianza de alquiler y la deuda del propio inmueble.
Respuesta directa
¿El inmueble donde vive la familia puede ser embargado?
El inmueble residencial propio de la familia es inembargable y no responde por deudas, salvo las excepciones de la Ley 8.009/1990. Entre ellas están la deuda de la financiación del propio inmueble, la pensión alimenticia, los impuestos y tasas del inmueble, como el IPTU y el condominio, la hipoteca dada en garantía por la familia y la fianza en contrato de alquiler. Para el STF, el bien de familia del fiador puede ser embargado, sea el alquiler residencial o comercial (Tema 1.127). La protección también alcanza a la persona que vive sola.
Lo que dice la ley
Puntos principales
Inmueble usado como residencia de la familia.
Civil, comercial, fiscal o laboral, salvo excepciones.
Financiamiento, pensión, IPTU, condominio, hipoteca y fianza de alquiler.
Puede perder el inmueble, según el STF.
Fuente: Ley 8.009/1990, arts. 1º y 3º; STF, Tema 1.127; Súmula 364 del STJ.
¿Cuál es su caso?
Situaciones en las que actúa el despacho
Única vivienda de la familia
Pedido de reconocimiento del bien de familia.
Ley 8.009/1990, art. 1ºUrgencia
Pedido para suspender o anular la subasta.
Análisis del casoExcepción de la ley
Embargo posible, según el STF.
STF, Tema 1.127Deudas del propio inmueble
Excepción a la inembargabilidad.
Ley 8.009/1990, art. 3ºSoltero, viudo o separado
La protección también alcanza a quien vive solo.
STJ, Súmula 364Ingresos destinados a la vivienda
Puede protegerse según el caso.
STJ, Súmula 486Paso a paso
Cómo actúa el despacho
- Primero el plazo. Verificamos la fecha de la citación, de la notificación o del bloqueo y el plazo para la defensa.
- Análisis de la deuda. Verificamos el título, los valores, los intereses, la prescripción y los bienes protegidos por la ley.
- Defensa o acuerdo. Defensa en el proceso, desbloqueo de bienes y, cuando conviene, acuerdo o plan de pagos.
- Seguimiento. Subastas, recursos y cancelación con baja de las restricciones.
Análisis del caso
Vamos a analizar su caso
Responda las preguntas, una por vez. Al final puede adjuntar documentos, que van directamente a una carpeta en el Drive del despacho, y enviar el resumen por WhatsApp. Todo queda protegido por el secreto profesional.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
Tengo dos inmuebles. ¿Alguno está protegido?
Por regla general, el de menor valor usado como vivienda, salvo que otro esté registrado como bien de familia.
¿Puedo alegar bien de familia después del embargo?
Sí. La protección puede alegarse en el proceso, pero es mejor actuar antes de la subasta.
¿La casa de playa está protegida?
No, si no es la vivienda de la familia.
Soy fiador y el inquilino no pagó. ¿Pierdo la casa?
El STF admite el embargo del bien de familia del fiador de un alquiler. Aun así, conviene verificar el contrato y el monto cobrado.
¿Atienden clientes de otros estados?
Sí. El despacho tiene sede en Anápolis-GO y atiende en línea a clientes de todos los estados.
¿Cuánto cuesta?
Después del análisis, el despacho envía una propuesta de honorarios por escrito, antes de cualquier contratación.
