Pensión por fallecimiento · SPD Advocacia
Pensión por fallecimiento: quién tiene derecho y cómo solicitarla sin perder valores
Cónyuge, compañero en unión estable, hijos y, en algunos casos, padres y hermanos. Vea las reglas y el plazo que garantiza el pago desde el fallecimiento, y cuente el caso.
Respuesta directa
¿Quién tiene derecho a la pensión por fallecimiento del INSS?
Tienen derecho los dependientes del asegurado que falleció: cónyuge o compañero, incluso en unión estable, hijos menores de 21 años o con discapacidad o invalidez y, si no los hay, los padres y después los hermanos que dependían de él. El valor es del 50% de la jubilación que el fallecido recibía o a la que tendría derecho, más 10% por dependiente, hasta el 100%. Pedida dentro de los 90 días del fallecimiento, la pensión se paga desde la fecha de la muerte. Para hijos menores de 16 años, el plazo es de 180 días.
Requisitos
Qué se necesita en 2026
Cónyuge, compañero, hijos menores de 21 años o con discapacidad; después padres; después hermanos.
50% más 10% por dependiente, hasta el 100%. Con dependiente inválido o con discapacidad, 100%.
Pedido en hasta 90 días desde el fallecimiento (180 días para hijos menores de 16) para recibir desde la muerte.
Depende de la edad del viudo o de la viuda y del tiempo de matrimonio o unión.
Fuente: Ley 8.213/1991, arts. 16, 74 a 77; Enmienda Constitucional 103/2019, art. 23.
¿Cuál es su caso?
Situaciones en las que actúa el despacho
Pareja sin matrimonio
La unión estable puede probarse con documentos como cuenta conjunta, domicilio común e hijos.
Ley 8.213/1991, art. 16Condición de asegurado
Aun sin aportes recientes, puede haber derecho si el fallecido ya tenía derecho a jubilación o estaba en el período de gracia.
Análisis del casoQuien recibía pensión alimenticia
El excónyuge que recibía alimentos puede dividir la pensión.
Ley 8.213/1991, art. 76Pensión sin límite de edad
El hijo inválido o con discapacidad puede recibirla después de los 21 años.
Ley 8.213/1991, art. 16Hijo que mantenía a los padres
Los padres pueden recibirla si prueban dependencia económica.
Análisis del casoRecurso o acción
Las negativas por falta de prueba de la unión o de la dependencia pueden revisarse.
Justicia FederalPaso a paso
Cómo actúa el despacho
- Análisis. Revisamos el CNIS, los documentos y las reglas que se aplican a su caso.
- Documentos. Organizamos las pruebas que faltan antes de la solicitud, para evitar una negativa.
- Pedido o recurso. Solicitud ante el INSS, recurso administrativo o acción ante la Justicia Federal.
- Seguimiento. Pericias, plazos y pago de los atrasados, cuando corresponda.
Análisis del caso
Vamos a analizar su caso
Responda las preguntas, una por vez. Al final puede adjuntar documentos, que van directamente a una carpeta en el Drive del despacho, y enviar el resumen por WhatsApp. Todo queda protegido por el secreto profesional.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿La pensión por fallecimiento es vitalicia?
Para el cónyuge o pareja, depende de la edad en la fecha del fallecimiento y del tiempo de unión. En algunos casos es vitalicia; en otros, tiene plazo.
¿Puedo acumular pensión y jubilación?
Puede, pero con reducción de uno de los beneficios según franjas de valor definidas en la reforma.
¿Cuánto tiempo de unión se necesita?
Con menos de 2 años de unión o de 18 contribuciones del fallecido, la pensión al cónyuge dura 4 meses, salvo excepciones, como muerte por accidente.
Perdí el plazo de 90 días, ¿perdí el derecho?
No. La pensión sigue siendo debida, pero pasa a pagarse desde la fecha de la solicitud.
¿Atienden fuera de Anápolis?
Sí. La atención se hace en el despacho, en Anápolis, o en línea para todo Goiás y otros estados.
¿Cuánto cuesta?
Después del análisis, el despacho envía una propuesta de honorarios por escrito, antes de cualquier contratación.
