DERECHO DE FAMILIA · SPD ADVOCACIA
Abogado para pensión alimenticia: pedir, revisar o cobrar
Pensión para hijos, durante el embarazo o para excónyuge: monto justo, acuerdo o acción judicial, cobro de atrasos y defensa de quien es cobrado.
Estime el monto con la calculadora del sitio
Análisis por el abogado responsable del caso
¿Cuál es la situación?
Toque su situación para empezar:
Atención digital, desde su casa
Propuesta de honorarios por escrito, sin sorpresas
ÁREAS DE ACTUACIÓN
Lo que hacemos en pensión alimenticia
La pensión debe cubrir las necesidades de quien recibe y caber en el presupuesto de quien paga. El trabajo empieza por los números: ingresos, gastos y lo que cada uno puede pagar.
Pedir pensión
Acción de alimentos
Alimentos durante el embarazo
Alimentos provisionales desde el inicio
Acuerdo homologado por el juez
Cobrar atrasos
Cobro con pedido de prisión
Embargo de salario y bienes
Protesto e inscripción en registros de crédito
Descuento directo en nómina
Revisar el monto
Aumento cuando crecen las necesidades
Reducción cuando bajan los ingresos
Fin de la pensión por decisión judicial
Oferta de alimentos por quien paga
Para quien paga
Revisión del monto cobrado
Justificación de la imposibilidad de pagar
Acuerdo para pagar la deuda en cuotas
Defensa contra la prisión indebida
Pensión atrasada: lo que revisamos
Cuando la pensión está atrasada, el análisis revisa:
Qué decisión o acuerdo fijó la pensión y si permite el cobro directo.
Qué cuotas entran en el pedido de prisión y cuáles van al embargo.
Si quien paga tiene empleo formal, para pedir el descuento en nómina.
Si hay cuotas antiguas y si el plazo de cobro está suspendido.
El monto actualizado, que usted puede estimar con la calculadora de pensión atrasada.
Para entender cada punto, lea el artículo Pensión atrasada: cómo cobrar.
Del primer contacto a la decisión, con claridad
La pensión afecta el presupuesto y la familia. El primer contacto ya es trabajo real.
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Usted estima y nos cuenta el caso
Analizamos ingresos, gastos y documentos
Usted recibe el plan y la propuesta
Use la calculadora del sitio y envíenos por WhatsApp los ingresos de quien paga, los gastos del hijo y lo que ya se decidió.
Revisamos comprobantes de ingresos, decisiones anteriores y lo que la ley permite pedir o contestar en su caso.
Presentamos el camino recomendado (acuerdo o juicio), una estimación del monto y la propuesta de honorarios por escrito, antes de cualquier contratación.
Sidnei Pedro Dias
Abogado fundador · Maestrando en Derecho
OAB/GO 48.603 · OAB/DF 68.207 · OAB/SP 501.693
Pensión alimenticia con cuidado y método
El despacho está dirigido por el abogado Sidnei Pedro Dias, con más de diez años de ejercicio y experiencia en derecho de familia. El equipo acompaña cada etapa del caso, desde el primer contacto hasta la decisión final.
Con sede en Anápolis-GO y atención totalmente digital, SPD Advocacia atiende a familias de todo Brasil y del exterior en acuerdos y acciones de pensión alimenticia.
Sidnei Pedro Dias Sociedade Individual de Advocacia · inscrita en la OAB/GO con el n.º 3.123
Casos que atendemos a diario
Ejemplos comunes, descritos de forma general. Cada caso depende de sus hechos y documentos.
Pensión atrasada
Quien paga dejó de pagar y no responde. La ley permite cobrar las 3 últimas cuotas con pedido de prisión, y el resto mediante embargo de salario y bienes (CPC, art. 528).
Embarazo sin apoyo
La mujer embarazada puede pedir alimentos durante el embarazo. Después del nacimiento, se convierten en pensión alimenticia hasta que alguien pida una revisión (Ley 11.804/2008).
Los ingresos de quien paga bajaron
Quien paga perdió el empleo o pasó a ganar menos. La reducción puede pedirse en el juzgado (Código Civil, art. 1.699), sin dejar de pagar mientras tanto.
El hijo cumplió 18 años
La pensión no termina automáticamente a los 18 años. Para terminarla se necesita una decisión judicial (Súmula 358 del STJ), y el hijo que estudia puede seguir recibiéndola, según el caso.
Preguntas frecuentes sobre pensión alimenticia
¿Cuánto es la pensión?
La ley no fija un porcentaje. El juez equilibra las necesidades de quien recibe con las posibilidades de quien paga (Código Civil, art. 1.694, § 1). Para tener una idea, use nuestra calculadora.
¿Quien no tiene empleo formal paga pensión?
Sí. Cuando los ingresos no se comprueban, la pensión suele fijarse en un porcentaje del salario mínimo, y los signos de riqueza pueden mostrar los ingresos reales.
¿La pensión se aplica al aguinaldo (13.º salario) y a las vacaciones?
Sí, para quien tiene empleo formal o es servidor público. El STJ decidió que el porcentaje se aplica al 13.º salario y al adicional de vacaciones (Tema 192).
¿La pensión atrasada puede llevar a prisión?
Sí, cuando el cobro abarca las 3 últimas cuotas anteriores a la acción y las que vencen después. La prisión dura de 1 a 3 meses y no borra la deuda (CPC, art. 528).
¿Se puede exigir a los abuelos?
Solo de forma complementaria, cuando los padres no pueden pagar, total o parcialmente (Súmula 596 del STJ).
Vivo en otra ciudad o en el exterior. ¿Cómo funciona?
La atención es digital. Documentos, reuniones y firmas pueden hacerse a distancia.
¿Se pueden cobrar atrasos antiguos?
Cada cuota prescribe 2 años después de su vencimiento, pero el plazo no corre entre padres e hijos durante la patria potestad (Código Civil, arts. 197, II, y 206, § 2). Por eso los atrasos debidos a un hijo menor suelen poder cobrarse. El análisis lo confirma en cada caso.
¿Qué es el “Pix pensão”?
Es la transferencia automática de la pensión creada por la Ley 15.479/2026, que entra en vigor un año después de su publicación. Hasta entonces, siguen disponibles la prisión, el embargo y el descuento en nómina.
Cuéntenos la situación. Volvemos con el camino.
Cuéntenos por WhatsApp quién paga, quién recibe y lo que ya se decidió. El equipo responde con el análisis inicial y una propuesta por escrito.
Si prefiere, escriba a dias@spd.adv.br
Contenido informativo, conforme a las normas de la OAB (Provimento 205/2021). Cada caso necesita su propio análisis, y no prometemos resultados. Sidnei Pedro Dias Sociedade Individual de Advocacia · OAB/GO 3.123 · CNPJ 32.614.440/0001-25
