Tributario · SPD Advocacia
¿Dividendos de más de R$ 50.000 al mes? Desde 2026 hay retención e impuesto mínimo
La Ley 15.270/2025 creó la retención del 10% sobre dividendos altos y la tributación mínima para quien gana más de R$ 600.000 al año. Socios y empresas necesitan revisar la forma y el calendario de la distribución de utilidades.
Retención en la fuente
10% sobre el total de más de R$ 50.000 en el mes
Según el art. 6º-A de la Ley 9.250/1995, incluido por la Ley 15.270/2025, a partir de enero de 2026 las utilidades y dividendos pagados por una misma persona jurídica a una misma persona física residente en Brasil, en un monto superior a R$ 50.000 en el mes, quedan sujetos a una retención del 10% sobre el total.
Las utilidades determinadas hasta 2025 quedan fuera de la retención cuando la distribución fue aprobada hasta el 31 de diciembre de 2025 y el pago sigue los términos originalmente previstos en el acto de aprobación (§ 3º). En las ADI 7.912 y 7.914 (acciones directas de inconstitucionalidad), el ministro relator en el STF (Supremo Tribunal Federal de Brasil) extendió ese plazo de aprobación hasta el 31 de enero de 2026 mediante una medida cautelar, que aguardaba el refrendo del Pleno en la última verificación del despacho.
Calculadora
Simule la retención y la alícuota mínima
Estimación con base en los arts. 6º-A y 16-A de la Ley 9.250/1995. El IR mínimo adeudado descuenta el impuesto ya pagado en el año, excluye de la base algunos rendimientos previstos en la ley y puede reducirse por el reductor del art. 16-B. No sustituye el cálculo de la contabilidad.
IR mínimo
Tributación mínima para rentas de más de R$ 600.000
El art. 16-A crea la tributación mínima del impuesto a la renta (IR mínimo) a partir del año calendario 2026, declarado en 2027, para quien tiene rendimientos superiores a R$ 600.000 en el año. La alícuota llega al 10% a partir de R$ 1,2 millones y, entre los dos valores, crece según la fórmula alícuota = (rendimiento ÷ 60.000) − 10.
En las utilidades determinadas hasta 2025, el § 1º, XII, exige la aprobación por el órgano societario competente y el pago en los años calendario 2026, 2027 y 2028.
El art. 16-B prevé un reductor cuando la suma de la carga de la empresa con el IR mínimo supera el 34% en la regla general, el 40% para aseguradoras y algunas instituciones financieras y el 45% para bancos.
Exterior
Dividendos para el socio que vive fuera
Los dividendos remitidos al exterior tienen una retención del 10% (Ley 9.249/1995, art. 10, § 4º), con la misma transición para las utilidades hasta 2025 y la posibilidad de crédito prevista en el art. 10-A cuando la carga sumada supera la nominal.
Requisitos
Qué se analiza
Montos y fechas pagados a cada socio.
Aprobaciones de utilidades hasta 2025.
Lucro real, lucro presumido o Simples Nacional.
Demás rendimientos del año.
Holding de participaciones y cuotas.
Remesas y tratados.
Fuente: Lei 9.250/1995, arts. 6º-A, 16-A y 16-B, y Lei 9.249/1995, arts. 10 y 10-A, con redacción de la Lei 15.270/2025; STF, ADI 7.912 y 7.914.
¿Cuál es su caso?
Situaciones en las que actúa el despacho
Recibe más de R$ 50.000 al mes de la empresa
Retención del 10% y calendario de pago.
Lei 9.250, art. 6º-AUtilidades de 2025 aprobadas en acta
Verificación de la regla de transición.
Art. 6º-A, § 3ºRenta anual de más de R$ 600.000
Estimación del IR mínimo y del reductor.
Arts. 16-A y 16-BSocio que vive fuera de Brasil
Retención del 10% en la remesa.
Lei 9.249, art. 10, § 4ºHolding de participaciones
Análisis de la cadena de distribución.
PlanificaciónCuestionamiento de la retención
Seguimiento de las ADI en el STF.
ADI 7.912 y 7.914Paso a paso
Cómo actúa el despacho
- Relevamiento. Distribuciones, actas, régimen de la empresa y renta de los socios.
- Simulación. Cálculo de la retención y del IR mínimo en cada escenario, con la contabilidad.
- Ajustes. Actas, acuerdo de socios y estructura societaria, cuando tenga sentido.
- Seguimiento. Juicio de las ADI en el STF y normas de la Receita Federal (autoridad tributaria federal de Brasil).
Análisis del caso
Vamos a analizar su distribución de utilidades
Responda las preguntas, una por vez. Al final puede adjuntar documentos, que van directamente a una carpeta en el Drive del despacho, y enviar el resumen por WhatsApp. Todo queda protegido por el secreto profesional.
Preguntas frecuentes
Preguntas frecuentes
¿Quien recibe hasta R$ 50.000 al mes de cada empresa sufre retención?
Según el art. 6º-A, la retención alcanza el monto superior a R$ 50.000 pagado por la misma empresa a la misma persona física en el mes. Por debajo de eso, no hay retención, pero la renta del año entra en el cálculo del IR mínimo.
¿El IR mínimo es un impuesto adicional?
Garantiza una tributación mínima sobre la renta total. Del valor calculado se descuenta el impuesto ya pagado en el año, y el reductor considera la carga de la empresa.
¿Las utilidades de 2025 todavía pueden pagarse sin retención?
Si la distribución fue aprobada en plazo y el pago sigue los términos del acto de aprobación, la ley prevé la exclusión. Cada acta debe ser verificada.
¿Atienden fuera de Goiás?
Sí. La atención es en línea para todo el país y también para brasileños que viven en el exterior.
¿Cuánto cuesta?
Después del análisis, el despacho envía una propuesta de honorarios por escrito, antes de cualquier contratación.
Abogado para la tributación de dividendos y el IR mínimo
SPD Advocacia, en Anápolis-GO, atiende a socios y empresas de todo Brasil, y a clientes en el exterior, en la revisión de la distribución de utilidades frente a la Ley 15.270/2025, junto con la contabilidad.
Retención del 10%
Sobre el total pagado por la misma empresa a la misma persona física cuando supera R$ 50.000 en el mes.
IR mínimo
Para rentas de más de R$ 600.000 al año, con alícuota de hasta el 10% y un reductor vinculado a la carga de la empresa.
Contenido informativo, conforme al Provimiento 205/2021 de la OAB (Colegio de Abogados de Brasil). Cada caso depende del análisis de los documentos y no hay promesa de resultado.
