Ejecución de título extrajudicial · SPD Advocacia

¿Tiene un cheque, factura o contrato sin pagar? Cobre directamente por la ejecución

Ejecución de cheques, pagarés, duplicatas, reconocimientos de deuda, contratos con dos testigos, alquileres y cuotas de condominio.

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Respuesta directa

¿Cuándo puede el acreedor cobrar directamente por la ejecución?

Cuando existe un título ejecutivo extrajudicial, como cheque, pagaré, duplicata, contrato firmado por el deudor y dos testigos, contrato de alquiler y cuotas de condominio aprobadas. La ejecución omite la fase de discusión: el deudor es citado para pagar en 3 días, bajo pena de embargo. Desde el inicio, el acreedor puede registrar la existencia de la ejecución en la matrícula de los inmuebles y en el registro de vehículos del deudor, lo que ayuda a evitar la venta de los bienes. Si el deudor no es encontrado, el oficial puede embargar bienes preventivamente.

Lo que dice la ley

Puntos principales

Título ejecutivo

Documento previsto en la ley como título.

Pagar en 3 días

Plazo del deudor después de la citación.

Anotación registral

Registro de la ejecución en inmuebles y vehículos.

Embargo preventivo

Bienes embargados si no se encuentra al deudor.

Fuente: arts. 784, 828, 829 y 830 del Código de Proceso Civil.

¿Cuál es su caso?

Situaciones en las que actúa el despacho

Cheque y pagaré

Títulos de crédito

Ejecución directa dentro del plazo del título.

CPC, art. 784, I
Contrato

Con dos testigos

El contrato firmado es título ejecutivo.

CPC, art. 784, III
Alquiler

Locador

Ejecución de los alquileres y cargos.

CPC, art. 784, VIII
Condominio

Cuotas condominiales

Ejecución de las cuotas aprobadas en asamblea.

CPC, art. 784, X
Anotación registral

Protección contra la venta de bienes

Registro de la ejecución en la matrícula y en el Detran.

CPC, art. 828
Deudor desaparecido

Embargo preventivo

El oficial de justicia embarga bienes si no encuentra al deudor.

CPC, art. 830
Esta página ofrece información general, no sustituye el análisis del caso y no hay garantía de resultado.

Paso a paso

Cómo actúa el despacho

  1. Análisis del crédito. Verificamos el título, el plazo de prescripción y el mejor camino de cobro.
  2. Búsqueda de bienes. Usamos bases públicas y sistemas propios del despacho para localizar bienes e indicarlos al juzgado.
  3. Bloqueos. Pedimos al juez las órdenes en los sistemas del Poder Judicial: cuentas, vehículos, inmuebles y otros bienes.
  4. Recepción. Embargo, subasta, acuerdo o adjudicación hasta que el crédito llegue al cliente.
+5 mil procesos conducidosDiez años de abogacíaActuación ante el STJ y el STFCitado en G1, UOL, Estadão y TV Globo

Análisis del caso

Vamos a analizar su caso

Responda las preguntas, una por vez. Al final puede adjuntar documentos, que van directamente a una carpeta en el Drive del despacho, y enviar el resumen por WhatsApp. Todo queda protegido por el secreto profesional.

Preguntas frecuentes

Preguntas frecuentes

¿Cuánto demora?

Depende de encontrar bienes. Con el bloqueo de cuentas desde el inicio, el cobro puede ser rápido.

¿Y si el título prescribió?

Todavía puede caber una acción monitoria o de cobro, según el plazo.

¿El deudor puede defenderse?

Sí, mediante embargos en 15 días, lo que no impide automáticamente los bloqueos.

¿El despacho tiene acceso directo a los sistemas del Poder Judicial?

No. Los sistemas oficiales, como Sisbajud, Renajud, Infojud y Sniper, los activa el juez a pedido del abogado. El despacho usa sistemas propios y bases públicas, dentro de la LGPD, para investigar e indicar al juzgado dónde están los bienes.

¿Atienden clientes de otros estados?

Sí. El despacho tiene sede en Anápolis-GO y atiende en línea a clientes de todos los estados.

¿Cuánto cuesta?

Después del análisis, el despacho envía una propuesta de honorarios por escrito, antes de cualquier contratación.